Hasta el 31 de marzo hay plazo para declarar y pagar el ISLR
(Noticias Kikirikí).-Muchos ciudadanos constantemente leen o escuchan que anualmente se debe declarar y pagar el Impuesto Sobre La Renta (ISLR), pero desconocen por qué hay que hacerlo y cómo se cumple con ese deber.
Es importante saber que el ISLR es el impuesto directo en todo Sistema Tributario, en Venezuela existe desde 1943, y se basa en la obligación que tiene todo contribuyente de pagar impuestos sobre las ganancias efectivamente determinadas, en el término de un año económico (Capacidad Contributiva de cada sujeto), bien sea de una Persona Natural o Jurídica, por haber realizado actividades económicas, vale decir industriales, comerciales y de servicios independientes o bajo relación de dependencia, que generen un incremento de patrimonio.
Es así como están obligadas a declarar las Personas Naturales que hubieren obtenido un enriquecimiento neto de 1.000 Unidades Tributarias (equivalente a Bs. 150.000,00) o las que hubieren obtenido ingresos brutos superiores a 1.500 Unidades Tributarias (Bs. 225.000,00).
También las Personas Jurídicas, sin importar el monto de sus operaciones, además deben declarar independientemente del monto de los enriquecimientos obtenidos o de las pérdidas sufridas.
Ahora bien, los requisitos necesarios son: tener el RIF vigente, tener un usuario y una clave para realizar cualquier tipo de trámite en línea a través del portal Web www.seniat.gob.ve (Si no está registrado, debe cumplir con este paso), y por último conocer la cuantía real de sus ingresos, costos y gastos.
Es importante destacar que el ISLR de Personas Naturales se puede pagar hasta en tres porciones.
Las Personas Jurídicas deben hacer un solo pago conjuntamente con su declaración (Art. 172 del reglamento del ISLR), ya que no tienen la opción de pagar en porciones. No obstante, en casos excepcionales pueden solicitar fraccionamientos de pago, debiendo dirigir su solicitud a la Gerencia Regional correspondiente a su domicilio fiscal.
Por otra parte, si una Persona Natural desea conocer si debe presentar la declaración de renta, debe tomar todas las cantidades que cobró de uno o más patronos para determinar si ese monto supera las 1.000 U. T. que referidas al año 2015 corresponden a ciento cincuenta mil bolívares (Bs. 150.000,00).
Sin embargo, quedan expresamente excluidos los viáticos y bonos de alimentación, de conformidad con lo que está previsto en el artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Si la Persona Natural obtiene enriquecimientos distintos de sueldos, salarios y demás remuneraciones similares, deberá presentar la declaración correspondiente si sus ingresos brutos superan las 1.500 U. T. o de no ser así, si su Renta Neta supera las 1.000 U. T. En ambos casos, la declaración debe presentarse aún cuando no resulte en impuesto a pagar (Pago cero).
El plazo para declarar está establecido dentro de los tres meses siguientes a la culminación del ejercicio económico del respectivo contribuyente, por lo tanto si el ejercicio culminó el 31 de diciembre de 2015 se deberá declarar y pagar antes del 31 de marzo de 2016.
El Seniat pone a la disposición varias vías de comunicación para recibir orientación a la hora de declarar, estas incluyen su página Web www.seniat.gob.ve, el 0 8000 Seniat (0 8000 736428), y el correo electrónico [email protected]; además, las personas pueden dirigirse a cualquiera de sus oficinas en el área de asistencia al contribuyente , en Valencia están ubicados en la avenida Paseo Cabriales. (Con información de www.seniat.gov.ve).