Alcaldesa Dina Castillo anuncia aprobación de descuento del 10% al cancelar IMA por Pronto Pago
Dina Castillo, alcaldesa del municipio Valencia, anunció este martes, la aprobación de un 10% de descuento, bajo la figura de Pronto Pago, y a todos los contribuyentes que se encuentren solventes al momento de realizar su pago, personas jurídicas y naturales, para el pago de sus obligaciones ante el Instituto Municipal de Ambiente, IMA.
La alcaldesa Dina Castillo, explicó que para tal fin suscribió el decreto DA/0028/2025, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria 2025/10131, orientado a fomentar la cultura tributaria, así como el cumplimiento cívico y responsable por parte de todos los contribuyentes, al momento de cancelar de manera mensual, sus compromisos ante el IMA.
Desde su despacho y acompañada por la presidenta del IMA, Maykelys Molina, el Director de Hacienda Odreman Romero, el Director Ejecutivo de Operaciones Jesús Navas y Wilmer Gil, Director General Sectorial de Infraestructura, Servicios y Transporte Público, la Alcaldesa Dina Castillo detalló que bajo los lineamientos del Gobernador Rafael Lacava, a lo largo de las últimas semanas, tuvieron lugar mesas de trabajo sobre el tema ambiental, para ofrecer alternativas favorables a todos los contribuyentes.
“Han sido meses de evaluación, meses de verificación, de chequeo y hemos visto que la ciudad está limpia, el trabajo de recolección se está realizando, por eso es muy importante seguir dando continuidad a este tema”, indicó la alcaldesa Dina Castillo.
Facilidades para los valencianos
En este contexto, la alcaldesa Dina Castillo puntualizó, sobre los beneficios que obtendrán los ciudadanos a través de este decreto, mismo que establece, en su artículo 1, un descuento del 10% sobre el monto total de la tarifa mensual correspondiente a la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos, dentro de los primeros diez (10) días continuos del mes en curso.
Señala además este artículo 1 que “el descuento será aplicado automáticamente al momento de realizar el pago, siempre y cuando se cumpla con el plazo establecido” y si el contribuyente está al día con sus obligaciones al momento de realizar el pago.
Indica además en su Parágrafo Primero, que “este beneficio aplica a todos los contribuyentes debidamente registrados en el sistema tributario del Municipio Valencia, incluidos usuarios residenciales, comerciales, industriales, de servicios o de índole similar que no posean deudas pendientes en el Instituto Municipal del Ambiente (IMA)”.
De igual manera se puntualiza, en los parágrafos segundo y tercero, que “para ser beneficiario de lo establecido en el presente decreto a este beneficio, el contribuyente debe estar inscrito en el Registro del Aseo de Valencia (RAV)”, y que el mismo “no es acumulable con otras exoneraciones, descuentos o facilidades de pago que otorgue el municipio por situaciones especiales”.
Condonación especial
Como medida especial para favorecer al universo de contribuyentes del municipio Valencia, establece el Decreto en su Artículo 2, “conceder con carácter excepcional, la condonación total de las multas, intereses moratorios y demás accesorios generados por el incumplimiento en el pago de la Tarifa de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos generados desde el primero (1º) de enero del 2023 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del 2024 a todos los usuarios residenciales, comerciales, industriales, de servicios y de índole similar”.
En su Artículo 3, concede este decreto, con carácter excepcional, a todos los usuarios residenciales “una rebaja del noventa por ciento (90%) del total del monto de las Tarifas de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos adeudadas correspondientes al período comprendido desde el primero (1º) de enero del 2023 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del 2024”.
“La rebaja será aplicada automáticamente al momento de realizar el pago, siempre y cuando el pago total de lo adeudado para estos años se realice antes del treinta (30) de septiembre de 2025”, señala el texto legal.
Sin embargo, el Parágrafo Único del Artículo 3, es taxativo al establecer que “Finalizado el período aquí establecido sin que el contribuyente hubiere pagado lo adeudado, el Instituto Municipal del Ambiente (IMA) iniciará las acciones administrativas previstas en los artículos 86 al 89 de la Reforma Parcial de la Ordenanza de Aseo, incluyendo recargos, sanciones progresivas y ejecución fiscal conforme al ordenamiento jurídico tributario aplicable a la materia”.
Asimismo, en su Artículo 4, establece el decreto “conceder con carácter excepcional, a todos los usuarios comerciales, industriales, de servicios o de índole similar una rebaja del noventa por ciento (90%) del total del monto de las Tarifas de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos adeudadas correspondiente al período comprendido desde el primero (1º) de enero hasta el treinta y uno (31) de diciembre del 2023; y de un cincuenta por ciento (50%) correspondiente al periodo comprendido desde el primero (1º) de enero del 2024 y hasta el treinta y uno (31) de diciembre del 2024”, rebaja que será aplicada “automáticamente al momento de realizar el pago, siempre y cuando el pago total de lo adeudado para estos años se realice antes del 30 de septiembre de 2025”.
Finalmente, se establece en su artículo 5, “conceder con carácter excepcional la condonación total de las multas, intereses moratorios y demás accesorios derivados del incumplimiento en el pago de la Tarifa de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos, generados en el período comprendido entre el primero (1°) de enero y el treinta (30) de julio de 2025”.
Agrega el parágrafo primero del artículo 5, que “este beneficio será aplicable a todos los contribuyentes registrados en el sistema, incluyendo usuarios residenciales, comerciales, industriales, de servicios o de índole similar, siempre que se pague en su totalidad la deuda principal correspondiente a los años 2023, 2024 y 2025, antes del treinta (30) de septiembre de 2025, mediante los medios de pago habilitados por el Instituto Municipal del Ambiente (IMA)”.
“PARÁGRAFO SEGUNDO: Para ser beneficiario de esta condonación, el contribuyente deberá realizar el pago completo de la deuda principal correspondiente en los medios habilitados por el Instituto Municipal del Ambiente (IMA)”, resalta el texto.
La Alcaldesa del Municipio Valencia, Dina Castillo, exhortó a los contribuyentes, usuarios residenciales, comerciales, industriales y de servicios, entre otros a aprovechar los beneficios ofrecidos por este decreto especial, el cual establece alternativas para el bienestar colectivo, facilita la recaudación y logra avances concretos e inclusivos, en un clima de entendimiento ganar-ganar, sobre un tema tan importante como lo es el manejo de residuos sólidos y el ecosocialismo, a fin de generar políticas públicas para que Valencia sea una ciudad más limpia, ejemplo de gestión y de trabajo en equipo en beneficio de todos los valencianos y valencianas.
Finalmente, la alcaldesa Dina Castillo felicitó a todos los contribuyentes, usuarios, comerciantes quienes mes a mes cumplen de manera oportuna con sus compromisos tributarios, y les recordó que la fecha de caducidad de este decreto especial es el 30 de septiembre de 2025, a excepción del artículo 1, el cual se cumplirá de forma permanente y sucesiva a partir de este momento.